Justificación, objetivos en relación a la creación de la Comisión de Ética y Deontología del ICOES

La Enfermería se ha venido constituyendo como profesión a lo largo de siglos, pero de forma más acelerada durante las últimas décadas. En cuanto profesión, le corresponde en la sociedad ofrecer unos servicios para el bienestar de las personas. La manera como ese servicio se preste es algo que tiene una gran trascendencia para la vida, la salud e incluso la dignidad de los destinatarios. De ahí que el ejercicio profesional vaya acompañado de una responsabilidad moral. Además, como tantas otras actividades humanas, dicho ejercicio se ve inmerso con alguna frecuencia en situaciones complejas desde el punto de vista ético, en las que se hace necesario llevar a cabo un análisis y un discernimiento para decidir cuál es la conducta moralmente más aceptable. La ética profesional de enfermería se centra en las responsabilidades y los problemas específicos de esta profesión.
La ética profesional, por consiguiente, debería ser una de las mayores preocupaciones de los colegios y por esta razón dan mucha prioridad a la elaboración y plasmación por escrito de un código de principios y normas deontológicas que cumpla las funciones de promocionar el reconocimiento social, defender los intereses de los/as profesionales, aumentar la calidad de las intervenciones y defender los derechos de los/as ciudadanos/as en el momento en que se les presta un servicio.
Desde esta perspectiva se hace necesaria la creación de las Comisiones de Ética y Deontología en los Colegios profesionales, que justificarían la propia existencia de los mismos de cara a la sociedad.
En el Código Deontológico de la Enfermería Española se establece el conjunto de normas y deberes que deben guiar el ejercicio de la profesión enfermera desde una perspectiva ética. Se indica cómo deben ser las conductas y comportamientos correctos en la práctica asistencial conforme a los principios de ética profesional.
En el Código, se recoge que “Una de las responsabilidades prioritarias del Consejo General y de los Colegios es la ordenación, en su ámbito respectivo, de la actividad profesional de los colegiados, velando por la ética y dignidad profesional y por el respeto debido a los derechos y dignidad de los enfermos.”

También señala que “será función primordial del Consejo General y de los Colegios favorecer y exigir el cumplimiento de los derechos deontológicos de la profesión, recogidos en el presente Código.”
Por otra parte, los Estatutos del Iltre. Colegio Oficial de Enfermería de Sevilla (ICOES) determinan que son fines esenciales del Colegio “La salvaguarda y observancia de los principios éticos y deontológicos de la profesión enfermera y de su dignidad y prestigio, vigilando el cumplimiento del Código Ético y Deontológico de la Organización Colegial de Enfermería”. Y, asimismo, “Ordenar, en el ámbito de su competencia, la actividad profesional de los colegiados, velando por la ética y dignidad profesional y por el respeto debido a los derechos de los particulares y ejercer la potestad disciplinaria en el orden profesional y colegial sobre los colegiados, en los términos previstos en la ley…”
En su Artículo 36 los estatutos recogen que la Comisión Ejecutiva tendrá, entre otras, la competencia y atribución de “Nombrar los grupos de trabajo, comisiones, delegados y asesores que se consideren necesarios para la gestión y resolución de cualquier asunto de la incumbencia de los fines y funciones de este Colegio recogidos en los presentes Estatutos”
En este contexto, la Junta de Gobierno del Iltre. Colegio Oficial de Enfermería de Sevilla ha considerado necesario la creación de una Comisión de Ética y Deontología que tendrá como objetivos, entre otros, difundir los principios descritos en el Código Deontológico y de la Ética profesional, ayudar y orientar a los profesionales de Enfermería en las situaciones que puedan vulnerar el Código Deontológico, orientar en aquellos dilemas éticos en la práctica profesional que pudiesen acontecer, promoviendo el reconocimiento social y profesional de la misma, velando para que la actividad profesional se adecue a los intereses de la ciudadanía, impulsando sistemas de calidad y buenas prácticas en las intervenciones de los profesionales, elaborando, si fuese necesario, acciones formativa dirigidas a profesionales y ciudadanía, así como asesorar a la Junta Directiva en todas las cuestiones y asuntos relacionados en materia de Ética y Deontología de la Enfermería.

Para este año 2023, esta Comisión se plantea como objetivos más específicos:

  • Elaboración del Reglamento de Régimen Interno.
  • Formación a los profesionales en ética al final de la vida: Muerte Digna, Ley de Regulación de la Eutanasia, Declaración de Voluntades Anticipadas, Planificación Anticipada de las Decisiones.

Breve reseña curricular


JOSÉ ANTONIO SUFFO ABOZA

  • Enfermero y Doctor por la Universidad de Sevilla con una tesis en el área de la Bioética.
  • Master en Bioética por el Instituto Borja de Bioética de la Universidad Ramón Llull (Barcelona).
  • Secretario del Comité de Ética Asistencial de Sevilla. Hospital Virgen del Rocío.
  • Docente e investigador ligado al ámbito de la Ética y la Bioética en el Departamento de Enfermería de la Universidad de Sevilla desde hace más de doce años.
  • Participa como docente en Master, cursos de posgrado relacionados con el ámbito de la Ética profesional, Bioética y Humanización.
  • Forma parte del Grupo de Investigación Final de Vida del Instituto Borja de Bioética. Universidad Ramón Llull (Barcelona).
  • Participa en un proyecto de investigación europeo para el desarrollo de un modelo de atención socio-ético-transcultural para las personas mayores dependientes.


INMACULADA PANEQUE SÁNCHEZ-TOSCANO

  • Enfermera y Doctora por la Universidad de Sevilla.
  • Docente ligada al ámbito de la Ética y Bioética en el Departamento de Enfermería de la Universidad de Sevilla.
  • Fue Secretaria de la Comisión Central de Calidad del Hospital Universitario Virgen del Rocío de Sevilla.
  • Desarrolla su labor asistencial en la Unidad Cardiología y Cirugía Cardiovascular. Hospital Universitario Virgen del Rocío.

MIGUEL DUARTE RODRÍGUEZ

  • Diplomado Universitario en Enfermería y Licenciado en Antropología Social y Cultural. Universidad de Sevilla.
  • Especialista en Enfermería Familiar y Comunitaria.
  • Miembro de la Comisión de Humanización del Distrito Sanitario de Atención Primaria de Sevilla.
  • Docente en el Máster propio de Cuidados Paliativos de la Universidad de Sevilla.
  • Acreditado por la Agencia de Calidad Sanitaria de Andalucía con nivel Excelente como Enfermero de Atención Primaria y como Enfermero Gestor de Casos.
  • Desarrolla su labor asistencial como Enfermero Gestor de Casos en el Distrito Sanitario de Atención Primaria de Sevilla desde 2005.
  • Es coautor de publicaciones relacionadas con los Cuidados Paliativos.


ENCARNACIÓN GARCÍA FERNÁNDEZ

  • Diplomada Universitaria en Enfermería. Universidad de Sevilla.
  • Enfermera jubilada.
  • Enfermera Gestora de Casos en Centro de Salud Polígono Sur del Distrito de Atención Primaria de Sevilla durante diecisiete años.
  • Acreditación con el nivel de Excelente como Enfermera de Atención Primaria.
  • Tiene formación acreditada en Cuidados Paliativos Domiciliarios, siendo coautora de publicaciones relacionadas con este ámbito.


MARÍA JOSÉ GONZÁLEZ NEVADO

  • Diplomada en Enfermería por la Universidad de Sevilla.
  • Secretaria del Comité de Ética Asistencial Sevilla Norte.
  • Vocal de la Comisión de Cuidados Paliativos del Distrito Sanitario Aljarafe Sevilla Norte-Hospital Macarena y miembro de la Comisión de Humanización del referido Distrito de Atención Primaria.
  • Experta Universitaria en Enfermería de la Comunidad y en Cuidados al Paciente Crónico y Gestión de Casos en Enfermería.
  • Desarrolla su trabajo como Enfermera Gestora de Casos desde 2014 en la Unidad de Gestión Clínica Guillena-Santa Olalla, siendo referente de Cuidados Paliativos de la Unidad.
  • Ha realizado numerosos cursos relacionados con contenidos propios de la profesión, investigación y ética.



CATALINA MARTÍN CASTAÑO

  • Diplomada Universitaria en Enfermería por la Universidad de Sevilla.
  • Acreditada por la Agencia de Calidad Sanitaria de Andalucía con nivel Excelente como Enfermera de Cuidados Críticos.
  • Desarrolla su labor asistencial como Supervisora en la Unidad de Gestión Clínica de Cuidados Intensivo de Adultos del Hospital Universitario Virgen del Rocío.
  • Profesora Asociada en el Departamento de Enfermería de la Universidad de Sevilla en al área de los Cuidados Críticos y Paliativos desde 2015.
  • Docente de postgrado en Master y cursos en el área de los Cuidados Intensivos.
  • Investigadora y colaboradora en proyectos en el ámbito de Cuidados Intensivos.
  • Participante en varios libros, revistas y artículos en el campo de Cuidados Intensivos.


BLANCA SÁNCHEZ BAÑOS

  • Enfermera y Doctora por la Universidad de Sevilla. Área de la tesis: Ética Asistencial.
  • Master oficial en Bioética por la UCAM (Universidad Católica San Antonio de Murcia).
  • Profesora titular de Ética y Soporte Vital en el Centro de Enfermería de Cruz Roja de Sevilla en la titulación de Grado de Enfermería.
  • Presidenta del CEA (Comité de Ética Asistencial) Sevilla Sur.
  • Miembro de CAEMBES (Comité Andaluz de Ética de la Investigación con Muestras Biológicas de Naturaleza Embrionaria y Semejantes).
  • Desarrolla su labor asistencial en el Hospital de Valme, área de Cardiología Intervencionista. Unidad de Hemodinámica.

De izquierda a derecha: Catalina Martín Castaño, José Antonio Suffo Aboza, Inmaculada Paneque Sánchez-Toscano, Blanca Sánchez Baños, Encarnación García Fernández, Mª José González Nevado y Miguel Duarte Rodríguez

Código Internacional de ética de enfermería. Adoptado por el Gran Consejo del Consejo Internacional de Enfermeras

São Paulo, Brasil, 10 de julio de 1953

  • La responsabilidad fundamental de la enfermera tiene tres aspectos: conservar la vida, aliviar el sufrimiento y fomentar la salud.
  • La enfermera debe aplicar en todo momento las normas más elevadas de los cuidados de enfermería y conducta profesional.
  • La enfermera no sólo tiene que estar bien preparada para ejercer sino que tiene que mantener sus conocimientos y capacidades al elevado nivel que corresponda.
  • Deben respetarse las creencias religiosas del paciente.
  • La enfermera mantendrá reserva sobre la información personal que reciba.
  • La enfermera conoce no sólo sus responsabilidades sino también las limitaciones de su función profesional; recomienda o da tratamiento médico sin orden del médico sólo en caso de urgencia e informa a éste lo más pronto posible.
  • La enfermera tiene la obligación de llevar a cabo con inteligencia y lealtad las órdenes del médico y de negarse a participar en procedimientos no éticos.
  • La enfermera mantiene la confianza en el médico y demás miembros del equipo de salud: la incompetencia o conducta no ética de los miembros del equipo sólo deben exponerse a la autoridad competente.
  • La enfermera tiene derecho a una remuneración justa y sólo acepta esa compensación según prevea el contrato real o implícito.
  • La enfermera no permite que su nombre sea utilizado para la publicidad de productos ni en relación con ninguna otra forma de publicidad personal.
  • La enfermera coopera y mantiene una relación armoniosa con los miembros de otras profesiones y con sus colegas de enfermería.
  • La enfermera en su vida privada mantiene una conducta irreprochable que acredite a su profesión.
  • La conducta personal de la enfermera no debe descuidar conscientemente las normas de comportamiento aceptadas de la comunidad en que vive y trabaja.
  • La enfermera debe participar y compartir con otros ciudadanos y otras profesiones de salud la responsabilidad de iniciativas tendientes a satisfacer las necesidades de salud del público locales, estatales, nacionales e internacionales.

Pautas éticas internacionales

El Código de Nüremberg.
Publicado en 1947, el Código de Nuremberg fue una respuesta a las atrocidades cometidas por los médicos investigadores nazis.

Declaración de Helsinki de la Asociación Medica Mundial.
Recomendaciones para orientar a los médicos en la investigación biomédica con seres humanos. Adoptados por la Asociación Médica Mundial en 1964 y enmendados en 1975, 1983, 1989.

Declaración de Helsinski de la Asociación Médica Mundial.
Última revisión, año 2000.

Declaración Universal sobre el genoma humano y los Derechos Humanos.
Las implicaciones éticas de las investigación genética.

Pautas Éticas Internacionales para la Investigación Biomédica en Seres Humanos.
Preparadas por el Consejo de Organizaciones Internacionales de las Ciencias Médicas (CIOMS) en colaboración con la Organización Mundial de la Salud. Ginebra, 2002.

Pautas Eticas Internacionales para la Investigación y Experimentación Biomédica en Seres Humanos.
Preparado por el Consejo de Organizaciones Internacionales de las Ciencias Médicas (CIOMS) en colaboración con la Organización Mundial de la Salud (OMS), 1993.

Pautas Internacionales para la Evaluación Etica de los Estudios Epidemiológicos.
Preparado por el Consejo de Organizaciones Internacionales de las Ciencias Médicas (CIOMS) en colaboración con la Organización Mundial de la Salud (OMS), 1991.

Declaración Ibero-Latinoamericana sobre Derecho, Bioética y Genoma Humano.
Santiago 2001.

Las Fases de los Ensayos Clinicos de Vacunas y Medicamentos.
Desarrollo de vacunas y desarrollo de medicamentos en los ensayos clinicos.

Principios de Ética Médica.
Estos principios se encuentran detallados en el texto de la Resolución 37/194 adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1982.Código deontológico