Inicio Sala de prensa La declaración de la renta 2023, con tu Colegio. Campaña Renta’2023
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El Iltre. Colegio Oficial de Enfermería de Sevilla, mediante acuerdo renovado con la Asesoría Fiscal AyudaT Pymes, apuesta por seguir con el servicio de realización y presentación de la Renta para todos sus colegiados activos.
TIPO DE RENTA | CONDICIONES | PRECIO ESPECIAL COLEGIADOS | PVP |
Renta Tipo I | Sin peculiaridades en el entorno familiar, sin discapacidad, trabajo por cuenta ajena, segundas viviendas sin alquilar y cuentas bancarias españolas. | GRATUITA | |
Renta Tipo II | Incluye condiciones “Renta Tipo I” más familias separadas con deducción de hijos diferente a lo habitual, discapacidad, segundas viviendas alquiladas, cuentas bancarias en el extranjero y otras casuísticas no complejas similares. | Desde 39,95€ | 69,95 |
Renta Tipo III | Incluye condiciones “Renta Tipo I y II” más herencia, venta de un inmueble, inversiones en mercados financieros y/o criptomonedas, patrimonios extranjeros y otras casuísticas complejas similares. | Desde 94,95€ | 129,95 |
Además, los familiares podrán beneficiarse de precios ventajosos en para la realización de sus declaraciones.
Este año seguimos apostando por el servicio de asesoría presencial (bajo cita previa llamando al teléfono del Colegio 954 93 38 00) con un asesor fiscal los martes y jueves (desde el martes 26 de marzo al jueves 27 de junio) en horario de 8:30-14:30.
La asesoría fiscal es para la resolución de dudas, no para la presentación presencial de la Renta. La presentación de la Renta se realizará telemáticamente rellenando el formulario indicado más abajo.
El plazo para solicitar el acceso al servicio de realización de RENTA23 estará disponible desde el 18 de marzo hasta el viernes 18 de junio.
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Recordamos que pueden desgravarse el pago de las cuotas colegiales en la declaración. Para ello, deben introducir el importe satisfecho al Colegio en 2023 en el Modelo D-100, en su página destinada a ‘Rendimientos del Trabajo’, dentro del apartado correspondiente a ‘Cuotas satisfechas a Colegios Profesionales’.
Las cuotas colegiales se consideran gastos deducibles que restan de la base imponible. Su deducción en la declaración de la renta puede suponer un ahorro de entre el 20% y el 35% de la misma, según cada caso particular.
Las cuotas colegiales no suelen incluirse por defecto, así que hay que prestar atención e incluir las mismas.
Puede descargarse su certificado de IRPF en ventanilla única