Aval Científico del ICOES
Solicita el AVAL del ICOES para el Reconocimiento de Actos Científicos
Aval del ICOES para el Reconocimiento de Actos Científicos
El ICOES concede su aval para el reconocimiento de actos científicos de interés profesional a asociaciones de enfermería o entidades que lo soliciten y acrediten el valor científico de la actividad.
CONDICIONES DE SOLICITUD
La concesión está supeditada a la valoración de la Comisión Ejecutiva del ICOES con el asesoramiento de su Comité de Investigación.
Son actividades aptas de solicitar el Aval Científico todas las actividades científicas, dentro del campo de la enfermería y/o que promocionen la salud propuestas por Sociedades Científicas, Asociaciones de enfermería y colegiados que desarrollen su actividad en el ámbito de la provincia de Sevilla, tales como:
- Actividades formativas presenciales o a distancia (cursos, congresos, etc.)
- Reuniones científicas
- Actividades dirigidas a la investigación
Los avales no están dirigidos a actividades promovidas por empresas privadas ni que tengan un interés comercial. Tampoco podrán ser avaladas aquéllas que tengan un contenido pseudocientífico o que estén financiadas por entidades relacionadas con las pseudociencias.
TRAMITACIÓN
- Solicitará el aval la persona responsable de la organización de la actividad.
- La presentación de la solicitud deberá hacerse con la anticipación suficiente como para poder realizar los trámites correspondientes, recomendando la presentación de la misma con un mínimo de 2 meses de antelación.
- Para solicitarlo, es necesario completar el siguiente FORMULARIO
- Es requisito imprescindible que el formulario esté cumplimentado con toda la información solicitada. Las solicitudes incompletas no serán valoradas. Adicionalmente se podrá requerir ampliación de la información.
- Las solicitudes serán valoradas por la Comisión de Investigación del ICOES, y aprobadas o denegadas por la Comisión Ejecutiva del ICOES, acorde a la propuesta recibida.
- El acuerdo adoptado se comunicará al solicitante a la mayor brevedad posible, a través de correo electrónico.
La concesión del Aval es de carácter gratuito y será exclusivamente para la actividad y edición solicitada por lo que será necesario realizar una solicitud por cada edición de la actividad formativa. Para ediciones posteriores, será preciso solicitar un nuevo aval.
CONDICIONES DE CONCESIÓN
En el caso de que la concesión de aval sea afirmativa, obtendrán el logotipo oficial del ICOES, en el que irá especificado la leyenda: «Con el Aval Científico del Ilustre Colegio Oficial de Enfermería de Sevilla», que será facilitado a los organizadores para ser incluido en los programas y carteles de la actividad, así como en el material promocional/publicación, con objeto de mostrar de forma fehaciente la concesión del Aval.
Además, el programa de la actividad podrá ser publicado en la página Web del ICOES para su difusión entre todos sus colegiados.
La ubicación del logotipo del ICOES deberá ocupar un lugar preferente y claramente diferenciado de los logotipos de los patrocinadores.
El logotipo del ICOES que debe aparecer en la publicación no podrá ser modificado y sólo podrá ser utilizado para la actividad avalada y en los términos en los que se solicitó.
Los organizadores tendrán la obligación de hacer un uso correcto del aval concedido, ajustarse al programa valorado por el ICOES y a todos los detalles presentados en la solicitud del Aval, así como, previamente al inicio de la actividad, remitir una copia del programa con la inclusión del logo y la leyenda.
Se mantendrán todos los aspectos del programa y contenidos tal y como se detallaron en la solicitud y en caso de que se produzca alguna modificación será necesario comunicarla previamente; y si se considerara necesario, se podría reevaluar la concesión e incluso revocarla.
Se considera responsabilidad de los organizadores el cumplimiento de estas obligaciones.
El aval comprende el interés científico de la actividad pero en ningún caso el ICOES será responsable del contenido y/o desarrollo de dicha actividad, así como de cualquier cargo económico derivado en la misma.
El ICOES podrá revocar la concesión del aval si se constatara que la actividad no cumple con los detalles que se indicaron en la solicitud.