Bonificaciones para contratos parciales o reducción de jornada
Gasto presupuestado destinado a bonificar la cuota colegial de aquellos colegiados que posean las circunstancias expuestas a continuación:
Requisitos:
Podrán presentar la solicitud de bonificación de cuota los colegiados que cumplan los siguientes requisitos:
- Estén en situación de alta y sin deuda
- Posean un contrato parcial o un contrato de reducción de jornada por motivos familiares (guarda y custodia de un menor o de un mayor dependiente) con una reducción de jornada igual o mayor del 50%
- Posean una sola actividad laboral retribuida
Solicitud:
Se presentará cumplimentado el formulario disponible en la web, al que se acompañará:
- Informe de vida laboral
- Certificado de la empresa en el que figure el porcentaje de reducción de jornada o copia del contrato para el caso de los contratos a tiempo parcial
- Cumplimentar solicitud
Plazo de solicitud:
Durante dos períodos se abrirá el plazo para solicitar el acceso a la bonificación:
- Presentación de solicitudes del 01-31 de enero: para las cuotas abonadas entre julio y diciembre.
- Presentación de solicitudes del 01-31 de julio: para las cuotas abonadas entre enero y junio.
Importe de la bonificación:
El cálculo se realizará de la siguiente forma:
- Al importe de la cuota colegial se le descontará el importe correspondiente a las cuotas destinadas al CGE (4,52€/mes) y el CAE (3,65€/mes).
- Al resultado se le aplicará el porcentaje de reducción de jornada, obteniéndose así el importe a bonificar.
- El importe que resulte a bonificar será devuelto mediante transferencia bancaria a la cuenta corriente en la que el colegiado tenga domiciliado el pago del recibo colegial.