Para la realización e inscripción en los cursos ofertados por el colegio de enfermería de Sevilla en el programa anual de formación
Atendiendo a las numerosas solicitudes de colegiadas y colegiados de Sevilla para cambiar la actual normativa, que recoge el acceso a los cursos mediante sorteo y conformar otro sistema de admisión a los mismos, basado en el grado de motivación, interés e implicación particular de cada solicitante, de manera directa, libre e inmediata en el plazo que se establezca hasta completar las plazas de cada curso.
Considerando, el escaso valor que se le pudiera estar dando a la consolidada gratuidad de los cursos durante años, la significativa evidencia de una ratio alta de abandonos y renuncias registradas en el Departamento de Formación del Colegio, el previsible desinterés y desidia percibida y ausencia de cualquier comunicación al Colegio por bastantes inscritos admitidos en los cursos, para que esas plazas desestimadas por ellos mismos pudieran ser ocupadas y destinadas a otros compañeros, lo que ha venido imposibilitando que otros muchos colegiados interesados, pudiesen hacer la inscripción y realización de dichos cursos totalmente gratuitos o subvencionados y patrocinados por el Colegio de Sevilla y Consejo Andaluz de Enfermería.
De igual forma, considerando también que se hace necesario corregir la inadmisible pérdida y perjuicio económico al importe presupuestario, destinado a subvencionar dichos cursos para el conjunto de colegiados de Sevilla, teniendo en cuenta además, que el Colegio como no puede ser de otra forma, debe inexorablemente abonar el coste íntegro y real de los cursos por el número total de plazas ofertadas y concertadas en cada uno de ellos. Estos compromisos están establecidos con la universidad en los títulos propios y universitarios, como en los cursos acreditados y no acreditados impartidos por las entidades docentes.
Por todo ello, se establece la siguiente “Normativa para la realización e inscripción en los cursos ofertados por el Colegio de Enfermería de Sevilla en el programa anual de formación”, aprobada por acuerdo de la Comisión Ejecutiva en sesión de veinte de octubre de 2020 y actualizada con modificación aprobada en sesión de veintisiete de julio de 2021.
- Al ser el objeto de esta normativa las actividades formativas que el Colegio ofrece a sus colegiadas/os, programadas de manera gratuita o subvencionada con cargo a los presupuestos, sólo podrán acceder a las mismas las/os colegiadas/os en alta que se encuentre al día en el abono de sus cuotas colegiales.
- Esta normativa tendrá efecto para todos los cursos y acciones formativas: títulos propios universitarios de expertos o másteres, acreditados FCF, con créditos universitarios ECT, no acreditados, talleres, seminarios y actividades formativas en cualquier ámbito del ejercicio profesional y especialidades, en sus modalidades on-line, e-learning, semi-presenciales y presenciales que estuvieran patrocinadas o subvencionadas por el Colegio de Enfermería de Sevilla, con cargo a los presupuestos anuales. También será aplicable a las actividades formativas subvencionadas o patrocinadas por cualquier nivel de la Organización Colegial de Enfermería.
- La matrícula e inscripción se hará a través de la web del Colegio de Enfermería de Sevilla, mediante la plataforma virtual de pago del Colegio, establecida dentro del Área Personal de cada colegiada/o. Dicha plataforma ofrece todas las garantías establecidas para cualquier acción de pago on-line.
- Las plazas disponibles para cada actividad se otorgarán por orden de inscripción, que vendrá definido por el abono de la fianza y/o matrícula y hasta completarse el número de plazas que se determinen para la actividad. De esa forma, se habilitará y se abrirá un acceso a la ventana de pago a partir de la fecha y hora establecida para la inscripción, que se anunciará con la antelación suficiente, será publicada en la web y se realizará comunicación o recordatorio por email y en la revista mensual del Colegio, si entrara en plazo de su difusión.
Los alumnos admitidos, al culminar el abono sin incidencia alguna y conformidad en la realización de la matrícula, recibirán un email en su correo electrónico con la plaza asignada hasta completarse el número establecido. Una vez completadas las plazas, se reservará además un cupo pequeño de alumnos los cuales también tendrán que realizar el pago hasta que se produzca el cierre operativo de la ventana específica abierta para las inscripciones. Dichos alumnos quedarán en reserva por su orden por si se produjera algún hueco de algunos inscritos. Los alumnos en reserva también recibirán el número asignado de reserva para preservar la transparencia de todos los procedimientos y plazas ocupadas. En caso de que los alumnos en reserva no obtuvieran plaza se le devolvería inmediatamente el importe de la inscripción. - Para todos los cursos, talleres, seminarios y actividades de formación continuada gratuitos en cualquier modalidad, subvencionados o patrocinados, se establece una provisión temporal o fianza de 15 € por alumno. Dicho importe se devolverá de manera inmediata en la misma cuenta de cargo a la finalización del curso a todos aquellos que lo hubiesen completado y realizado la evaluación correspondiente.2
- Para los títulos propios universitarios y cursos no acreditados para la OPE o válidos para cualquier otra materia que estuviesen subvencionados o patrocinados, al importe de la matrícula final estipulada, se le añadirá una provisión temporal o fianza determinada para cada actividad formativa, la cual de igual forma que en el punto anterior se devolverá a la finalización del curso a todos aquellos que lo hubiesen completado y realizado la evaluación correspondiente.
- En todos los casos, con posterioridad a la inscripción y al pago correspondiente ocupando plaza para la realización de cualquier actividad formativa que estuviera subvencionada o patrocinada, el inscrito perderá, sin derecho alguno, el importe total abonado como matricula y provisión si dicho alumno desistiera de hacer la misma, salvo fuerza mayor motivada y, siempre, comunicada al Colegio en el plazo de los tres días hábiles posteriores a la inscripción, con anterioridad al envío oficial del acta de alumnos inscritos en cada curso, conforme al procedimiento regulado por las entidades docentes encargadas de impartir dichas actividades formativas.
- Para aquellos alumnos que además de lo establecido en el punto anterior relativo a la pérdida de la inscripción subvencionada y provisión indicada, no quisieran o pudieran justificar y comunicar su renuncia antes del inicio de los curso o actividades formativas en el plazo establecido y, también, en los casos de abandono o desistir en la completa realización y evaluación de dichas actividades docentes subvencionadas o patrocinadas, se les aplicaría una penalización durante un año para poder realizar cualquier otra actividad ofertada por el Colegio.
- El Colegio, de manera excepcional, podrá ofertar alguna actividad docente determinada con una norma específica y especial para su inscripción y realización, informando previamente a todas las colegiadas y colegiados de Sevilla de los parámetros y pautas singulares establecidas para la misma