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Relación de aprobados en la fase de oposición en el Cuerpo de Enfermeros de Instituciones Penitenciarias (acceso libre)
Resolución de 18 de diciembre de 2018, de la Subsecretaría, por la que se publica la relación de aprobados en la fase de oposición del proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Enfermeros de Instituciones Penitenciarias, convocado por Resolución de 21 de marzo de 2018. En el plazo de veinte días hábiles, a contar desde el siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» (publicado el 1 de enero de 2018), los aspirantes aprobados deberán presentar en la Subdirección General de Recursos Humanos de Instituciones Penitenciarias, la siguiente documentación: A) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 4 de la convocatoria. Aquellos que no estén en posesión del título exigido deberán presentar certificación académica original o compulsada que acredite haber realizado todos los estudios conducentes a la obtención del título. B) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. C) Certificado médico oficial en el que se acredite no padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones. D) Certificado original de antecedentes penales, expedido por el Registro Central de Penados. E) Los aspirantes extranjeros que no residan en España deberán presentar fotocopia compulsada del resguardo de haber solicitado la tarjeta de residencia comunitaria, en el caso de que no la hubiera tenido que aportar en el momento de presentar la solicitud de participación. Quienes dentro del plazo fijado y salvo casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos reseñados en el apartado anterior, no podrán ser nombrados funcionarios en prácticas y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.VER RESOLUCIÓN EN BOECONSULTA LA RELACIÓN DE APROBADOS
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